lunes, 16 de diciembre de 2013

Invitación para brindis de fin de año x el bosque

Este sábado los esperamos para el brindis por el bosque. La música de Beethoven nos acompañará en la jornada. El lugar es El Cuis y el Urundel, en la circ. 4ta, Sec. 3ra. Ciudad Evita a las 17.00hs.  El lugar elegido para el brindis es un espacio verde recuperado, Sí, recuperado de la basura. Por eso vale la pena hacer una breve descripción del lugar:  Dejó de ser un basural para ser una plaza, desde donde se ven los bosques. Hoy es una plaza con árboles que son cuidados por vecinas, las que también están atentas a cualquier tipo de destrucción, como incendios y que no dudan en llamar a los bomberos. Estas "Chicas" son las que mantienen el lugar, y van a reclamar cada vez que se necesita algo.
En cuanto a la música  elegimos a Beethoven, porque este gran músico se inspiraba en los sonidos de la naturaleza para crear su música de excelencia.
También presentaremos como actividad la de tener en guarda plantas para colocar en espacios verdes, y para ello llevaremos plantines de algunas nativas. 
Queremos brindar en este maravilloso lugar y elevar nuestro deseo con más fuerza para que la declaración de Reserva Natural sea aprobada, con guardaparques y un plan de manejo que posibilite que este gran espacio verde siga VIVO. 

viernes, 13 de diciembre de 2013

El próximo sábado 21 de diciembre realizaremos un brindis para cerrar el año, en la Plaza de las chicas, dentro de la reserva natural. Cada uno si puede lleva algo para compartir, y pasaremos una jornada agradable. Más adelante especificaremos algún otro detalle. Por ahora la convocatoria es para las 17.00hs, en la calle El Urundel, a una cuadra de la calle Tte Valco, en la circunscripción 4ta.

miércoles, 18 de septiembre de 2013

El 27 de septiembre el Lic.  Daniel Lauletta, participará de una mesa redonda sobre Reservas Naturales Urbanas, donde expondrá sobre consenso ciudadano y gestión de un proyecto: el caso de la Reserva Natural de Ciudad Evita. Dicho evento se realizará en la Unversidad CAECE a las 18.30hs.


lunes, 2 de septiembre de 2013




 

 Celebramos esta nueva medida que ayuda en la  fundamentación para la aprobación de Reserva Natural de Ciudad Evita.

Las escuelas tendrán un jardín botánico de especies nativas

Alumnos de jardín de infantes, de educación primaria y secundaria de la provincia de Buenos Aires participaron este jueves de la inauguración del primer arboreto o arboretum de especies nativas en los establecimientos educativos bonaerenses.

Un arboreto es un jardín botánico dedicado primordialmente a árboles (nativos), que forman una colección de especies vivas con la intención al menos en parte de estudiarlos científicamente.

En la Escuela n° 50 de la ciudad de La Plata encabezaron la actividad el Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), Hugo Bilbao y la Directora de Cultura y Educación, Nora de Lucía.

“El Gobernador Daniel Scioli,  desde el 10 de diciembre de 2007, ha puesto el tema ambiental en el centro de su gestión. Hoy vamos a inaugurar el primer arboreto que significa una conjunción de 20 especies nativas para que los chicos las conozcan, las valoren y sepan cómo cuidarlas. Es fundamental generar conciencia sobre la importancia del árbol en la vida cotidiana”, destacó Bilbao.

"El objetivo de los arboletos es la investigación y la educación en el ambiente. La posibilidad de trasladar estos espacios a los patios de los establecimientos escolares permite asociar la flora característica de cada región bonaerense con la cotidianeidad de uso del alumnado", detalló.

La asociación de la responsabilidad en el cuidado de los ejemplares de la colección, con tareas de investigación donde cada planta pasa a ser un espacio de estudio de las distintas interacciones entre ellas, y el medio, permite transitar por la instancia vivencial de la educación posicionando a un espacio de la escuela como el patio, en un área para el desarrollo de actividades innovadoras.

"Las plantas nativas, tienen entre sus características ser parte de la identidad local, con la posibilidad de recrear espacios de un paisaje original, aún en espacios reducidos. La flora local tiene asociada una serie casi interminable de interacciones interespecificas entre aves, insectos y plantas. Esto permite sumar conocimientos en distintas etapas  de la formación curricular que  son entregadas por los docentes a los alumnos (parasitismos, mutualismo, etc.)", explicó el titular de la cartera ambiental.

Por su parte, De Lucía remarcó que “hoy estamos celebrando el Día del Árbol en este complejo educativo “La Laguna” ya que hace un año inauguramos este lugar que nos permitió plantar la semilla de la esperanza para más de 800 alumnos de los barrios El Churrasco, La Bajada, La Unión y el Mercadito de La Plata”.

“Es la misma semilla que plantamos día a día para que los chicos puedan tener un futuro cada día mejor, porque el gobierno de la provincia de Buenos Aires apuesta a la formación y a la educación de sus jóvenes y a la transformación de la sociedad”, agregó.

Más tarde, técnicos del OPDS brindaron una charla sobre las especies nativas y su importancia en el medio ambiente.

Desarrollo práctico

La propuesta está destinada a crear en el patio de la escuela una colección que gradualmente vaya acrecentándose en su número de ejemplares de la flora originaria cercana al establecimiento escolar, proponiendo que dentro del desarrollo de los programas educativos institucionales ( PEI) el cuidado del arboreto sea responsabilidad de alumnos del segundo ciclo.

Con una colección inicial de 20 especies de plantas,  entre herbáceas, arbustivas apoyantes y arbóreas) que tengan una identificación a través de su nombre común y científico. Permitirá dar inicio a una actividad que contará con el asesoramiento de personal del OPDS, realizando un seguimiento de los ejemplares y capacitación para su cuidado.

La acción se completará con visitas de los alumnos a las reservas naturales cercanas donde se desarrollan ejemplares como los implantados para profundizar el conocimiento y cuidado. Además de visita a viveros de nativas tendiente al aprendizaje de la reproducción de ejemplares de nativas.

Árboles nativos

Los árboles nativos permiten recuperar el paisaje natural y revalorizar el patrimonio natural de la provincia; generando corredores biológicos para la fauna nativa; refugio y alimento para aves, insectos benéficos y otros organismos. Además permitirá el ahorro desde el punto de vista energético (principalmente riego); herramientas para la educación ambiental y actividades ecoturísticas.

Los ambientes forestados con especies nativas son altamente valorados por la sociedad, reconocidos por su función en la regulación del aire y su rol sobre la mitigación del cambio climático, reguladores del ciclo hidrológico e importante en la protección de las cuencas, en la provisión de bienes tales como fibras y alimentos.

domingo, 25 de agosto de 2013


En el año 2008 se aprobó la resolución en la Cámara de Diputados de la Nación, con el expediente N° 1973-D-2008, Tramite parlamentario 038 (06/05/2008) en donde se resolvió solicitar al Poder Ejecutivo Nacional arbitre los medios necesarios para mantener el ejido urbano y el área natural circundante, de la localidad de Ciudad Evita, a fin de preservarla como testimonio cultural de la provincia de buenos aires.


Exp. D2787-11-12 “RESERVA NATURAL MIXTA E INTEGRAL” BOSQUES DE CIUDAD EVITA.6 de agosto de 2012 a la(s) 22:45

PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:ARTÍCULO 1°:  Declarase “RESERVA NATURAL MIXTA E INTEGRAL” al área conocida como “Bosques de Ciudad Evita” que comprenden el contorno de la circunscripción 1º de Ciudad Evita, Partido de la Matanza , y los bosques y tierras verdes periféricas comprendidas dentro de las siguientes calles, avenidas, ríos y autopistas: Camino de Cintura y Río Matanza, Río Matanza Av. Cristiania, Av. Cristiania y Las Gardenias, Las Gardenias y Arroyo de la Frontera, Arroyo de la Frontera y El Pindo, El Pindo y La Quina, La Quina y El Roble, El Roble y El Sauce, El Sauce y La Tipa, La Tipa y El Urundel, El Urundel y El Jume, El Jume y El Hornero, El Hornero y Puente Querandi, Puente Querandi y R. Rodriguez, R.Rodriguez y El Vinal, El Vinal y El Tacuapi, El Tacuapi y el Espinillo, El Espinillo y el Quebracho, El Quebracho y El Picaflor, El Picaflor y La Acacia, La Acacia y Puente Aut. Riccheri, Puente Aut. Riccheri y Aut. Riccheri, Aut. Riccheri y Camino de Cintura.
 ARTÍCULO 2°: Tal declaración se realiza en virtud que dicho predio, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 10.907, reúne los siguientes requisitos:
 a)      Alberga especies migratorias, endémicas, raras o amenazadas, constituyendo un hábitat crítico para su supervivencia.
b)      Provee de lugares para nidificación, refugio, alimentación y cría de especies útiles.
 c)      Constituye un área útil para la divulgación y educación de la naturaleza o de valor para el desarrollo de actividades recreativas o turísticas de acuerdo al plan de manejo asociadas a la naturaleza.
 d)      Es lugar histórico declarado por Decreto del PEN № 1110/1997, y por la Ordenanza Municipal 10.146.-
 e)      Por sus características, constituye un ámbito útil para:
  La realización de estudios científicos de los ambientes naturales y sus recursos.
 La realización de investigaciones científicas y técnicas y experimentación de medidas de manejo de comunidades o poblaciones naturales no perturbadas, o bajo regímenes de uso y aprovechamiento estrictamente controlados.
 La protección del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas.
 Conservar, en el estado más natural posible, ambientes o muestras de sistema ecológicos y disponer permanentemente patrones de referencia respecto a ambientes modificados por el hombre.
 Contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica, asegurar la existencia de reservorios genéticos, mantenimiento de material vivo con potencias para obtención de beneficios útiles a la humanidad, en el desarrollo de especies domesticables o cultivables o bien para el mejoramiento genético y cruzamiento con especies domésticas o cultivadas.
  La repoblación (o reimplantación) de especies autóctonas raras o amenazadas o localmente escasas.

ARTÍCULO 3°: Declarase de “Interés Público”, su protección y conservación, en función de lo expresado en el artículo 41 de la Constitución Nacional y en el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
 ARTÍCULO 4°: La nueva reserva natural conservará el status de lugar histórico nacional y de reserva ecológica declarados oportunamente.
 ARTÍCULO 5°: Serán de aplicación a la presente las normas previstas en la Ley 10.907 de Reservas y Parques Naturales de la Provincia de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 218/84 y Ley 12.704 de Paisaje protegido de Interés Provincial.
 ARTÍCULO 6°: Las posibles causales que vulneren derechos adquiridos de personas públicas o privadas serán resueltas de acuerdo a lo establecido en la Ley 10.907.
 ARTÍCULO 7°: La autoridad de aplicación reglamentará la presente ley, dictando las pautas de manejo de la reserva que hagan eficiente la preservación y conservación de elementos históricos, culturales y de interés científico, como asimismo todos los factores bióticos y abióticos del ecosistema prístino, conservando su actual estado y mejorando cuando sea posible.
 ARTÍCULO 8º: El Estado provincial, preverá y proveerá los medios y fondos necesarios a los fines del cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
 ARTÍCULO 9º: Todos los gastos que demanden la aplicación de la presente ley serán imputados a los gastos generales de la provincia de Buenos Aires y se contemplará en el nuevo presupuesto dentro de los gastos del organismo provincial para el desarrollo sostenible.
ARTÍCULO 10º: El Poder Ejecutivo, en forma previa a la instrumentación de la presente ley, deberá verificar la situación dominial de las parcelas que integran el predio identificado en el artículo 1 mediante el correspondiente estudio de títulos, a fin de identificar a los titulares de las mismas y de tal manera efectuar la categorización de la reserva natural en los términos de la Ley 10.907 y de la presente ley; así como constatar el cumplimiento de los cargos que oportunamente se establecieron sobre dicho predio.
 ARTÍCULO 11º: El Poder Ejecutivo provincial deberá proceder a la reglamentación de la presente ley en un plazo que no exceda de noventa (90) días.
ARTÍCULO 12º: De forma.
 FUNDAMENTOS
 A cincuenta años de su construcción, Ciudad Evita, en el partido de La Matanza, se convirtió en la primera localidad, con sus características de barrio obrero, por su diseño y construcción, con sus características de barrio obrero modelo, y reflejo arquitectónico urbano mas típico del período 1947-1955, se declaró “lugar histórico nacional” por decreto presidencial 1110/97, publicado en el boletín oficial el 26 de diciembre de 1997.
 El 20 de octubre de 1947 el presidente Juan Domingo Perón, impulsado a dar una solución a los graves problemas de vivienda que significaba la gran cantidad de inmigrantes del interior hacia la Capital, firmó el decreto de expropiación de una zona casi despoblada. Ese fue el primer paso para construir allí un barrio obrero que no fuera de monobloques sino de casitas tipo chalet con garaje y jardín al frente.
 El proyecto incluía además, escuelas, iglesia, clubes, bibliotecas, que armonizaran con todas las construcciones y que funcionaran como una ciudad satélite. De la idea original se pudieron concretar las escuelas y la iglesia de San Cayetano, que luce un estilo de vanguardia único, con su irregular techo gris.
 En 1948 empezaron a llegar los primeros habitantes y hoy son casi 80.000 personas las que viven en Ciudad Evita. En mayo de 1995, la Ordenanza de la Municipalidad de La Matanza N° 10.146 la declaró Lugar Histórico Municipal y en el año 1997 la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, que depende de la Secretaría de Cultura de la Nación, aprobó su declaración a nivel nacional.

Finalmente, un decreto ómnibus firmado por el presidente de la Nación la jerarquizó definitivamente. El barrio de Cátulo Castillo Ciudad Evita fue ideada según el modelo de ciudad jardín del arquitecto inglés del siglo XIX Edward Howard, y fue levantada por el Ministerio de Obras Públicas durante el primer gobierno de Perón.
 Además tuvo como ilustre habitante al poeta Cátulo Castillo. El vivía cerca del río Matanza, algo oculto porque era la época de la dictadura, contó al Diario Clarín Alfonso Corso, historiador de La Matanza. Ciudad Evita tiene una particularidad: fue diseñada de manera tal que, desde el aire, se puede ver el perfil de Eva Perón con su clásico rodete y los brazos extendidos, dibujado por sus límites geográficos. El barrio, que tiene cerca de 30 kilómetros cuadrados de extensión, empezó a crecer alrededor de la estación de trenes Querandí, fundada en 1928 en un antiguo asentamiento aborigen. Por entonces sólo poblaban la zona 200 osados habitantes, rodeados de quintas y tambos. El predio ubicado cerca de Puente doce fue testigo de la primer batalla entre los españoles y los aborígenes (querandíes), por tal motivo fue investigado desde el año 1937 y como resultado de tales investigaciones se intentó la creación de un parque temático que mostrara el valor histórico a las generaciones presentes y venideras, el mismo nunca se finalizó.
 Ciudad Evita es la primera ciudad obrera modelo en el mundo porque el criterio urbanístico con el que se construyó consideraba, además de la solución inmediata al problema de la vivienda, una calidad de vida para la gente, sostuvo Corso. A partir de esta declaración, los vecinos de Ciudad Evita deberán respetar la unidad conceptual con que fue diseñado el barrio. La altura de las casas, sus fachadas, sus espacios verdes, el uso de esos espacios, no podrán ser alterados porque pertenece el patrimonio social e histórico de todos los argentinos.
 Hasta hace unos años sólo se consideraba de valor histórico los monumentos religiosos o relacionados con próceres. Pero desde hace un tiempo también se rescatan los lugares vinculados a la vida cotidiana que tienen un significado social.
 El tramado de sus calles tiene como característica las rotondas: para salir de una calle hay que dar la vuelta y volver por el mismo camino. Y responde al diseño de las ciudades jardín. En la misma época fue construida, también con esa particularidad Ciudad Jardín, en El Palomar. En un principio estaba programado construir 15.000 viviendas, casi todas casas bajas con mucho espacio verde. Pero en 1955, con el derrocamiento de Perón se frenó la construcción y sólo se llegaron a hacer 5.000, dice Corso.
 Existen pocas ciudades planificadas con anterioridad a su poblamiento como es el caso de Ciudad Evita en nuestro distrito. Fue pensada para satisfacer la creciente necesidad habitacional de trabajadores inmigrantes del interior, un posicionamiento previsor, urbanístico, social y ambiental que debemos recuperar.
 La misma fue concebida como “Ciudad jardín” según conceptos de Ebenezer Howard (1903), contando con todos los servicios, con la necesaria proporción de plazas públicas y rodeada de más 500 hectáreas de bosques. La tierra se expropió para esto en 1947 por el Decreto Nº 33221 impulsado por Eva Perón y, fundada en 1948 durante la primera presidencia de Juan Domingo Perón.
 Los bosques y espacios verdes circundantes de aproximadamente 500 has forman parte ineludible de su concepción original y que brinda variados beneficios a la salud, calidad del ambiente y calidad de vida.
 Los mencionados bosques forman parte de uno mayor considerado “el pulmón del oeste”, del área metropolitana de Buenos Aires.
 En 1982 se hallaron restos de alfarería Querandí, y que en la década del 90 el Municipio gestionó un subsidio de 20 millones de australes al Fondo Nacional de las Artes, para exploración.
 En el año 2008 se aprobó la resolución en la Cámara de Diputados de la Nación,  con el expediente N° 1973-D-2008, Tramite parlamentario 038 (06/05/2008) en donde se resolvió solicitar al Poder Ejecutivo Nacional arbitre los medios necesarios  para mantener el ejido urbano y el área natural circundante, de la localidad de Ciudad Evita, a fin de preservarla como testimonio cultural de la provincia de buenos aires.

El sector corresponde al valle inundable de la cuenca media del Río Matanza, que está considerada entre las cuencas mas contaminadas del mundo, siendo importante la conservación del espacio verde como absorbente y purificador de agua.
 La Corte Suprema de Justicia para sanear y mejorar la calidad de vida de la población de toda la cuenca, estableciendo la ACUMAR que La Matanza integra y debe accionar por los mismos objetivos.
 Entre las cuestiones a considerar, en la primer sentencia que data del 20 de junio de 2006, se encuentran: ordenamiento ambiental del territorio, control de actividades antrópicas y un programa de educación ambiental.
 Los Bosques en cuestión tiene además vinculación directa con el ecosistema de la Laguna de Rocha que en nuestra Honorable Cámara de Diputados, siendo el originario el Proyecto D-2041/07-08 y teniendo en consideración la importancia que reviste Laguna Rocha tanto desde el punto de vista científico, económico, estético, educativo como de interés general y respetando la mesurada opinión del ACUMAR en cuanto a destacar que: “Esta designación le dará al área la seguridad jurídica necesaria para poder conservarla con fines a mejorar la calidad de vida de la población de la región, evitando otros usos que entrarían en conflicto con la preservación de estas áreas ambientales para las generaciones futuras”, fuera aprobado por unanimidad.
 Así mismo, la Ley 14.294, estableció “Reserva Natural La Laguna Santa Catalina”, en su articulo 9º, determina:
 “Artículo 9.- La Laguna Santa Catalina de 43 hectáreas y su entorno complementario, será motivo de una tutela preferencial, tendiente a su recuperación y normal funcionamiento, por ser, conjuntamente con la Laguna de Rocha, geomorfológicamente pertenecientes a los humedales de la margen sur de la cuenca Matanza-Riachuelo.”
 El área que hoy traemos a consideración cumple con los mismos requisitos que las mencionadas en dicho articulo. Es entonces, por las razones expuestas precedentemente, que solicito a mis pares la aprobación del anejo Proyecto de Ley.
 ANEXO I
Delimitación
 Camino de Cintura y Río Matanza
Río Matanza Av. Cristiania
Av.Cristiania y Las Gardenias
Las Gardenias y Arroyo de la Frontera
Arroyo de la Frontera y El Pindo
El Pindo y La Quina
La Quina y El Roble
El Roble y El Sauce
El Sauce y La Tipa
La Tipa y El Urundel
El Urundel y El Jume
El Jume y El Hornero
El Hornero y Puente Querandi
Puente Querandi y R. Rodríguez
R. Rodríguez y El Vinal
El Vinal y El Tacuapi
El Tacuapi y el Espinillo
El Espinillo y el Quebracho
El Quebracho y El Picaflor
El Picaflor y La Acacia
La Acacia y Puente Aut. Riccheri
Puente Aut. Riccheri y Aut. Riccheri
Aut. Riccheri y Camino de Cintura
ANEXO II
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°:  Declarase “RESERVA NATURAL MIXTA E INTEGRAL” al área conocida como “Bosques de Ciudad Evita” que comprenden el contorno de la circunscripción 1º de Ciudad Evita, Partido de la Matanza , y los bosques y tierras verdes periféricas comprendidas dentro de las siguientes calles, avenidas, ríos y autopistas: Camino de Cintura y Río Matanza, Río Matanza Av. Cristiania, Av. Cristiania y Las Gardenias, Las Gardenias y Arroyo de la Frontera, Arroyo de la Frontera y El Pindo, El Pindo y La Quina, La Quina y El Roble, El Roble y El Sauce, El Sauce y La Tipa, La Tipa y El Urundel, El Urundel y El Jume, El Jume y El Hornero, El Hornero y Puente Querandi, Puente Querandi y R. Rodriguez, R.Rodriguez y El Vinal, El Vinal y El Tacuapi, El Tacuapi y el Espinillo, El Espinillo y el Quebracho, El Quebracho y El Picaflor, El Picaflor y La Acacia, La Acacia y Puente Aut. Riccheri, Puente Aut. Riccheri y Aut. Riccheri, Aut. Riccheri y Camino de Cintura.

 ARTÍCULO 2°: Tal declaración se realiza en virtud que dicho predio, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 10.907, reúne los siguientes requisitos:
 a)      Alberga especies migratorias, endémicas, raras o amenazadas, constituyendo un hábitat crítico para su supervivencia.
 b)      Provee de lugares para nidificación, refugio, alimentación y cría de especies útiles.

c)      Constituye un área útil para la divulgación y educación de la naturaleza o de valor para el desarrollo de actividades recreativas o turísticas de acuerdo al plan de manejo asociadas a la naturaleza.
 d)      Es lugar histórico declarado por Decreto del PEN № 1110/1997, y por la Ordenanza Municipal 10.146.-
 e)      Por sus características, constituye un ámbito útil para:
·         La realización de estudios científicos de los ambientes naturales y sus recursos.
·         La realización de investigaciones científicas y técnicas y experimentación de medidas de manejo de comunidades o poblaciones naturales no perturbadas, o bajo regímenes de uso y aprovechamiento estrictamente controlados.
·         La protección del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas.
·         Conservar, en el estado más natural posible, ambientes o muestras de sistema ecológicos y disponer permanentemente patrones de referencia respecto a ambientes modificados por el hombre.
·         Contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica, asegurar la existencia de reservorios genéticos, mantenimiento de material vivo con potencias para obtención de beneficios útiles a la humanidad, en el desarrollo de especies domesticables o cultivables o bien para el mejoramiento genético y cruzamiento con especies domésticas o cultivadas.
·         La repoblación (o reimplantación) de especies autóctonas raras o amenazadas o localmente escasas.
ARTÍCULO 3°: Declarase de “Interés Público”, su protección y conservación, en función de lo expresado en el artículo 41 de la Constitución Nacional y en el artículo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4°: La nueva reserva natural conservará el status de lugar histórico nacional y de reserva ecológica declarados oportunamente.
ARTÍCULO 5°: Serán de aplicación a la presente las normas previstas en la Ley 10.907 de Reservas y Parques Naturales de la Provincia de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario 218/84 y Ley 12.704 de Paisaje protegido de Interés Provincial.
ARTÍCULO 6°: Las posibles causales que vulneren derechos adquiridos de personas públicas o privadas serán resueltas de acuerdo a lo establecido en la Ley 10.907.
ARTÍCULO 7°: La autoridad de aplicación reglamentará la presente ley, dictando las pautas de manejo de la reserva que hagan eficiente la preservación y conservación de elementos históricos, culturales y de interés científico, como asimismo todos los factores bióticos y abióticos del ecosistema prístino, conservando su actual estado y mejorando cuando sea posible.
ARTÍCULO 8º: El Estado provincial, preverá y proveerá los medios y fondos necesarios a los fines del cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
ARTÍCULO 9º: Todos los gastos que demanden la aplicación de la presente ley serán imputados a los gastos generales de la provincia de Buenos Aires y se contemplará en el nuevo presupuesto dentro de los gastos del organismo provincial para el desarrollo sostenible.
ARTÍCULO 10º: El Poder Ejecutivo, en forma previa a la instrumentación de la presente ley, deberá verificar la situación dominial de las parcelas que integran el predio identificado en el artículo 1 mediante el correspondiente estudio de títulos, a fin de identificar a los titulares de las mismas y de tal manera efectuar la categorización de la reserva natural en los términos de la Ley 10.907 y de la presente ley; así como constatar el cumplimiento de los cargos que oportunamente se establecieron sobre dicho predio.

ARTÍCULO 11º: El Poder Ejecutivo provincial deberá proceder a la reglamentación de la presente ley en un plazo que no exceda de noventa (90) días.
ARTÍCULO 12º: De forma.
FUNDAMENTOS
A cincuenta años de su construcción, Ciudad Evita, en el partido de La Matanza, se convirtió en la primera localidad, con sus características de barrio obrero, por su diseño y construcción, con sus características de barrio obrero modelo, y reflejo arquitectónico urbano mas típico del período 1947-1955, se declaró “lugar histórico nacional” por decreto presidencial 1110/97, publicado en el boletín oficial el 26 de diciembre de 1997.
El 20 de octubre de 1947 el presidente Juan Domingo Perón, impulsado a dar una solución a los graves problemas de vivienda que significaba la gran cantidad de inmigrantes del interior hacia la Capital, firmó el decreto de expropiación de una zona casi despoblada. Ese fue el primer paso para construir allí un barrio obrero que no fuera de monobloques sino de casitas tipo chalet con garaje y jardín al frente.
El proyecto incluía además, escuelas, iglesia, clubes, bibliotecas, que armonizaran con todas las construcciones y que funcionaran como una ciudad satélite. De la idea original se pudieron concretar las escuelas y la iglesia de San Cayetano, que luce un estilo de vanguardia único, con su irregular techo gris.
En 1948 empezaron a llegar los primeros habitantes y hoy son casi 80.000 personas las que viven en Ciudad Evita. En mayo de 1995, la Ordenanza de la Municipalidad de La Matanza N° 10.146 la declaró Lugar Histórico Municipal y en el año 1997 la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, que depende de la Secretaría de Cultura de la Nación, aprobó su declaración a nivel nacional.

Finalmente, un decreto ómnibus firmado por el presidente de la Nación la jerarquizó definitivamente. El barrio de Cátulo Castillo Ciudad Evita fue ideada según el modelo de ciudad jardín del arquitecto inglés del siglo XIX Edward Howard, y fue levantada por el Ministerio de Obras Públicas durante el primer gobierno de Perón.

Además tuvo como ilustre habitante al poeta Cátulo Castillo. El vivía cerca del río Matanza, algo oculto porque era la época de la dictadura, contó al Diario Clarín Alfonso Corso, historiador de La Matanza. Ciudad Evita tiene una particularidad: fue diseñada de manera tal que, desde el aire, se puede ver el perfil de Eva Perón con su clásico rodete y los brazos extendidos, dibujado por sus límites geográficos. El barrio, que tiene cerca de 30 kilómetros cuadrados de extensión, empezó a crecer alrededor de la estación de trenes Querandí, fundada en 1928 en un antiguo asentamiento aborigen. Por entonces sólo poblaban la zona 200 osados habitantes, rodeados de quintas y tambos. El predio ubicado cerca de Puente doce fue testigo de la primer batalla entre los españoles y los aborígenes (querandíes), por tal motivo fue investigado desde el año 1937 y como resultado de tales investigaciones se intentó la creación de un parque temático que mostrara el valor histórico a las generaciones presentes y venideras, el mismo nunca se finalizó.
Ciudad Evita es la primera ciudad obrera modelo en el mundo porque el criterio urbanístico con el que se construyó consideraba, además de la solución inmediata al problema de la vivienda, una calidad de vida para la gente, sostuvo Corso. A partir de esta declaración, los vecinos de Ciudad Evita deberán respetar la unidad conceptual con que fue diseñado el barrio. La altura de las casas, sus fachadas, sus espacios verdes, el uso de esos espacios, no podrán ser alterados porque pertenece el patrimonio social e histórico de todos los argentinos.
Hasta hace unos años sólo se consideraba de valor histórico los monumentos religiosos o relacionados con próceres. Pero desde hace un tiempo también se rescatan los lugares vinculados a la vida cotidiana que tienen un significado social.

El tramado de sus calles tiene como característica las rotondas: para salir de una calle hay que dar la vuelta y volver por el mismo camino. Y responde al diseño de las ciudades jardín. En la misma época fue construida, también con esa particularidad Ciudad Jardín, en El Palomar. En un principio estaba programado construir 15.000 viviendas, casi todas casas bajas con mucho espacio verde. Pero en 1955, con el derrocamiento de Perón se frenó la construcción y sólo se llegaron a hacer 5.000, dice Corso.
Existen pocas ciudades planificadas con anterioridad a su poblamiento como es el caso de Ciudad Evita en nuestro distrito. Fue pensada para satisfacer la creciente necesidad habitacional de trabajadores inmigrantes del interior, un posicionamiento previsor, urbanístico, social y ambiental que debemos recuperar.
La misma fue concebida como “Ciudad jardín” según conceptos de Ebenezer Howard (1903), contando con todos los servicios, con la necesaria proporción de plazas públicas y rodeada de más 500 hectáreas de bosques. La tierra se expropió para esto en 1947 por el Decreto Nº 33221 impulsado por Eva Perón y, fundada en 1948 durante la primera presidencia de Juan Domingo Perón.
Los bosques y espacios verdes circundantes de aproximadamente 500 has forman parte ineludible de su concepción original y que brinda variados beneficios a la salud, calidad del ambiente y calidad de vida.
Los mencionados bosques forman parte de uno mayor considerado “el pulmón del oeste”, del área metropolitana de Buenos Aires.
En 1982 se hallaron restos de alfarería Querandí, y que en la década del 90 el Municipio gestionó un subsidio de 20 millones de australes al Fondo Nacional de las Artes, para exploración.
En el año 2008 se aprobó la resolución en la Cámara de Diputados de la Nación, con el expediente N° 1973-D-2008, Tramite parlamentario 038 (06/05/2008) en donde se resolvió solicitar al Poder Ejecutivo Nacional arbitre los medios necesarios  para mantener el ejido urbano y el área natural circundante, de la localidad de Ciudad Evita, a fin de preservarla como testimonio cultural de la provincia de buenos aires.
El sector corresponde al valle inundable de la cuenca media del Río Matanza, que está considerada entre las cuencas mas contaminadas del mundo, siendo importante la conservación del espacio verde como absorbente y purificador de agua.
La Corte Suprema de Justicia para sanear y mejorar la calidad de vida de la población de toda la cuenca, estableciendo la ACUMAR que La Matanza integra y debe accionar por los mismos objetivos.
Entre las cuestiones a considerar, en la primer sentencia que data del 20 de junio de 2006, se encuentran: ordenamiento ambiental del territorio, control de actividades antrópicas y un programa de educación ambiental.
Los Bosques en cuestión tiene además vinculación directa con el ecosistema de la Laguna de Rocha que en nuestra Honorable Cámara de Diputados, siendo el originario el Proyecto D-2041/07-08 y teniendo en consideración la importancia que reviste Laguna Rocha tanto desde el punto de vista científico, económico, estético, educativo como de interés general y respetando la mesurada opinión del ACUMAR en cuanto a destacar que: “Esta designación le dará al área la seguridad jurídica necesaria para poder conservarla con fines a mejorar la calidad de vida de la población de la región, evitando otros usos que entrarían en conflicto con la preservación de estas áreas ambientales para las generaciones futuras”, fuera aprobado por unanimidad.
Así mismo, la Ley 14.294, estableció “Reserva Natural La Laguna Santa Catalina”, en su articulo 9º, determina:
“Artículo 9.- La Laguna Santa Catalina de 43 hectáreas y su entorno complementario, será motivo de una tutela preferencial, tendiente a su recuperación y normal funcionamiento, por ser, conjuntamente con la Laguna de Rocha, geomorfológicamente pertenecientes a los humedales de la margen sur de la cuenca Matanza-Riachuelo.”

El área que hoy traemos a consideración cumple con los mismos requisitos que las mencionadas en dicho articulo. Es entonces, por las razones expuestas precedentemente, que solicito a mis pares la aprobación del anejo Proyecto de Ley.
ANEXO I
Delimitación
Camino de Cintura y Río Matanza
Río Matanza Av. Cristiania
Av.Cristiania y Las Gardenias
Las Gardenias y Arroyo de la Frontera
Arroyo de la Frontera y El Pindo
El Pindo y La Quina
La Quina y El Roble
El Roble y El Sauce
El Sauce y La Tipa
La Tipa y El Urundel
El Urundel y El Jume
El Jume y El Hornero
El Hornero y Puente Querandi
Puente Querandi y R. Rodríguez
R. Rodríguez y El Vinal
El Vinal y El Tacuapi
El Tacuapi y el Espinillo
El Espinillo y el Quebracho
El Quebracho y El Picaflor
El Picaflor y La Acacia
La Acacia y Puente Aut. Riccheri
Puente Aut. Riccheri y Aut. Riccheri
Aut. Riccheri y Camino de Cintura

Este proyecto fue presentado nuevamente en el año 2013 por el diputado WALTER MARTELLO.
Durante el año 2012, fue aprobado en comisión de medio ambiente y comisión de Asuntos del Interurbano.

sábado, 20 de julio de 2013

Algunas de las Aves que están en nuestra ciudad.

CARDENAL COMÚN
BENTEVEO COMÚN - Pitangus sulphuratus 



CARPINTERO REAL - CAolaptes melanolaimus
23 cm.


CHIMANGO -  Milvago chimango

COTORRA

CUERVILLO CARA PELADA

ESTORINO PINTO

GARZA BLANCA

HORNERO

INAMBÚ COMÚN

PICAFLOR COMÚN

PALOMA

TERO COMÚN

ZORZAL COLORADO

TORDO RENEGRIDO

TORCAZA


CARPINTERO REAL Y BENTEVEO

CARPINTERO CAMPESTRE

CARPINTERO REAL.

miércoles, 26 de junio de 2013




Recorrida, en inicio de invierno donde tomamos fotos de diferentes talas, en este caso, de aquellos que se encuentran en el borde del área natural, junto a los alambrado. En esta recorrida se observaron numerosos basurales que no resultan beneficiosos para el área natural y que además resultan altamente peligrosos porque son prendidos fuego poniendo en riesgo de destrucción los bosques del área. En este caso queremos mencionar que los talas, son árboles que proveen alimento a través de sus frutos a numerosas aves. Los especialistas afirman que donde hay talas hay pájaros, pues entonces debemos cuidarlos. Muchos de estos talas tienen varias décadas. También vimos renovales, y recordamos muchos otros renovales que murieron por los incendios. No queremos más basura y mucho menos fuego, por eso realizaremos este sábado la cartelería para promover el cuidado del lugar.

EN CAMINO HACIA LA DECLARACIÓN DE RESERVA NATURAL, YA! Este sábado 29 de junio, los esperamos a todos los que quieran colaborar con el bosque a las 15hs,  para realizar cartelería que tenga como objetivo el cuidado de toda el área natural. Pueden venir con carteles preparados o traer algo de material para prepararlos. Para aquellos que no conocen el lugar, es una buena oportunidad para recorrer y recibir explicaciones sobre el pedido de reserva natual. LOS ESPERAMOS. Si llueve, se suspende.

sábado, 9 de marzo de 2013

El próximo 17 de marzo a las 17hs nos encontraremos en EL QUEBRACHO y EL RUISEÑOR, para realizar TAI CHI.
No se requieren de conocimientos previos, simplemente ganas de compartir una actividad saludable en armonía con el bosque. 
Esta es otra de las actividades que se suman a la difusión para el cuidado del área natural y para que alguna vez sea declarada como se merece RESERVA NATURAL DE CIUDAD EVITA. 
La actividad es totalmente gratuita, solamente tienen que traer una manta  para colocar en el césped aquellos que lo crean conveniente. 
Los esperamos 

domingo, 3 de marzo de 2013

relevamiento de fauna mes febrero 2013.

En este enlace podrán ver las especies registradas por Nicolás Olejnik técnico en Biodiversidad.

http://ecoregistros.com.ar/site/lugar.php?id=1355

En este enlace podrás ver las actividades realizadas y proyectos.

http://www.cdadevita.com.ar/ProyectoPARQUEMUNICIPALCDADEVITA.htm


Esta página tiene como objetivo difundir todas las noticias sobre el área natural de Ciudad Evita.

Los vecinos han presentado un proyecto para que la zona sea declarada reserva natural urbana.
Para lograr tal objetivo el vecino Darío Cerrato elaboró un proyecto, y luego fue presentado en el concejo deliberante del Municipio de La Matanza. A fines del 2011 fue presentado el proyecto en la cámara de Diputados de la Pcia de Bs. As.
Una reserva natural urbana tiene dentro de sus objetivos la Educación Ambiental, por tal motivo se realizan caminatas por diferentes sectores del área natural, como también se realizan relevamientos de flora y fauna.
En este espacio iremos compartiendo lo realizado hasta el momento.